El ministro de Finanzas reiteró que el Decreto 7-2025 que dispone una ley que favorece a los Codedes, debe recibir el veto presidencial.
OTRAS NOTICIAS: Alcaldes piden al Ejecutivo que sancione ley que favorece a Codedes
El mismo día en que un grupo de alcaldes llevó un escrito a la Presidencia de la República para urgir la sanción del Decreto 7-2025, el ministro de Finanzas Públicas, Jonathan Menkos, confirmó que se recomendará al mandatario Bernardo Arévalo vetar esa normativa.
La ley faculta a los consejos departamentales de desarrollo (Codedes) a trasladar para el 2026 los recursos extraordinarios que deje sin ejecutar este año; además, fija un plazo de cinco días como máximo para que las entidades estatales brinden los avales respectivos para diversos proyectos.
Aunque alcaldes y diputados de distintas bancadas apoyan la norma, por considerar que favorece la continuidad de obras que no podrán terminarse en este período, Menkos indicó que hay temas constitucionales de por medio.

En ese marco, hizo ver que hay un equipo jurídico trabajando para explicar a Arévalo las razones por las que el Decreto no debe cobrar vigencia.
"Hay algunas razones de índole constitucional, vinculadas con la no posibilidad de mantener recursos a lo largo del tiempo, sin que esto sea una excepción de la Ley Orgánica del Presupuesto", mencionó el funcionario.
Las interrogantes
También se refirió al "silencio administrativo" incluido en la norma, que ahora es sujeto de debate, ya que ahí se plantea que si en cinco días no hay avales, se asumirá que hay una autorización para la ejecución de obras.
Tal aspecto ya se promovía en la iniciativa de ley de agilización de la inversión pública, promovida por el oficialismo, pero Menkos dijo desconocer a detalle esa propuesta.
El diputado Álvaro Arzú Escobar también cuestionó al ministro por qué se busca vetar el citado decreto, si en el proyecto de Presupuesto 2026 también se plantea permitir a los Codedes usar fondos de este año durante el siguiente período; no obstante, Menkos aseguró que esa es una excepción solo para un año y no indefinida.




