Autoridades anunciaron la veda de pesca en el Caribe de Guatemala para este 2026. La medida restringe la captura, transporte y comercialización de peces y tiburones en zonas críticas como el Lago de Izabal y Río Dulce, con el fin de garantizar la reproducción de especies acuáticas.
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Para proteger la reproducción de especies acuáticas, autoridades del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) informaron sobre el período de veda de pesca en el Caribe guatemalteco, el cual abarca gran parte del sistema hídrico del departamento de Izabal.
Cuando se decreta una veda en la pesca, se prohíbe o restringe la captura de ciertas especies de peces y mariscos.
Se establece para tratar de garantizar la conservación de las especies, permitiendo que se recuperen y se mantengan poblaciones saludables.

Las vedas pueden ser temporales si se aplican en ciertas épocas del año, por ejemplo, durante la temporada de reproducción; también permanentes cuando prohíben la pesca en determinadas zonas de manera indefinida.
En ese sentido, la medida estará vigente del 1 de mayo al 15 de junio de 2026, período durante el cual estará prohibida la captura, transporte y comercialización de peces de las familias: Ariidae (bagres), Carangidae (jureles), Centropomidae (robalos), Cichlidae (mojarras), Characidae (machaca y pepesca) y Gobiidae.

La veda aplica específicamente en las siguientes áreas: Lago de Izabal, Río Dulce y la comunidad Brisas del Golfete.
Mientras que para la especie de pargos (Lutjanidae), durante el mismo período de tiempo, las áreas de la restricción son: la desembocadura del río Sarstún, la bahía de Amatique, Punta de Manabique, así como en Bahía La Graciosa, Laguna Santa Isabel, Canal Inglés, la desembocadura del río Motagua, la desembocadura de Río Dulce a partir de la comunidad Miramar, la bahía de Santo Tomás de Castilla, el Cañón de Río Dulce, El Golfete, Río Dulce y el Lago de Izabal.

También el 1 de mayo comenzará la veda de pesca de tiburón, de las familias Carcharhinidae, Sphyrnidae, Triakidae y Ginglymostomatidae, la cual se extenderá hasta el 31 de agosto.
La restricción en cuanto a tiburón se aplicará en las desembocaduras del río Sarstún, del Motagua y de Río Dulce (a partir de la comunidad Miramar), en el lago de Izabal, en Río Dulce, en El Golfete y en el Cañón del Río Dulce.
También en las bahías de Amatique, la de Santo Tomás de Castilla y La Graciosa, así como en Punta de Manabique, en la laguna Santa Isabel y en el canal Inglés.

De acuerdo con el MAGA, este período es clave para permitir la reproducción de estas especies sin presión comercial, asegurando la sostenibilidad de los recursos pesqueros y el equilibrio de los ecosistemas.
Las autoridades hicieron un llamado a pescadores, comerciantes y población en general a respetar la normativa, advirtiendo que su incumplimiento puede derivar en sanciones legales.
Esta veda implementada por medio de la Dirección de Normatividad de la Pesca y Acuicultura (DIPESCA) representa un esfuerzo importante para proteger la biodiversidad y la economía de las comunidades que dependen de la pesca en el Caribe guatemalteco.




