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Publican reformas a Ley contra Delincuencia Organizada

  • Por Marilin Alvarez
06 de diciembre de 2024, 07:30
Publican en el Diario Oficial reformas de la Ley contra el Crimen Organizado aprobada por el Congreso y que favorecerá a Semilla. (Foto: Archivo/Soy502) 

Publican en el Diario Oficial reformas de la Ley contra el Crimen Organizado aprobada por el Congreso y que favorecerá a Semilla. (Foto: Archivo/Soy502) 

Publican en el Diario Oficial las reformas a la Ley contra la Delincuencia Organizada que favorecerá a Semilla y partidos políticos. 

EN CONTEXTO: Congreso reforma Ley contra el Crimen Organizado

Este viernes 6 de diciembre fue publicado en el Diario de Centro América (DCA) el Decreto 34-2024, el cual establece la reforma de la Ley contra la Delincuencia Organizada, misma que fue aprobada el 26 de noviembre por el Congreso de la República. 

La modificación más destacada es la que limita la facultad de los jueces para cancelar partidos políticos. Según la reforma, esta atribución queda exclusivamente en manos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), lo que refuerza el rol del ente electoral como el único órgano constitucional en la materia electoral.

Es decir, el artículo reformado fue el 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada quedando establecido de la siguiente forma: 

"Artículo 82. Suspensión provisional de las inscripciones de las personas jurídicas. Se podrán suspender provisionalmente durante la sustanciación del proceso penal, con autorización judicial por un plazo no mayor de un año, las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos y licencias que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer en cualquier forma un hecho ilícito de los establecidos en la presente Ley", cita el primer apartado. 

"Las disposiciones de este artículo no son aplicables a las personas jurídicas de derecho público sujetas a normativa específico o a leyes de rango constitucional. Tampoco son aplicables a las organizaciones políticas, las cuales, para efectos de suspensión/o cancelación, están únicamente sujetas a la Ley Electora y de Partidos Políticos", especifica la reforma de esta ley. 

Esta reforma de ley fue declarado de urgencia nacional y aprobada por el Congreso en un solo debate. Además, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. 

(Foto: Diario Oficial)
(Foto: Diario Oficial)

(Foto: Diario Oficial)
(Foto: Diario Oficial)

Favorecerá a Semilla

El 12 de julio de 2023, antes de la segunda vuelta electoral, el juez séptimo de primera instancia penal, Fredy Orellana, ordenó la suspensión provisional de la personería jurídica del Movimiento Semilla, a solicitud de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci).

Esa dependencia del Ministerio Público, dirigida por Rafael Curruchiche, argumentó que había evidencia de que el partido se conformó utilizando firmas falsas y con la inscripción de personas fallecidas.

Para fundamentar su caso, la Feci se basó en el articulo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, lo cual fue criticado por diversos sectores, ya que los partidos políticos tienen su propia ley y es el Tribunal Supremo Electoral quien se hace cargo de temas que relacionan a esos grupos.

El mencionado apartado indica que "se podrán suspender provisionalmente con autorización judicial durante la substanciación del proceso penal, las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos y licencias que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer en cualquier forma un hecho ilícito".

Según el juez Orellana y la Feci, tal disposición aplicaba también al caso de Semilla. Por ello, desde que comenzó esta legislatura, los diputados que fueron electos por esa agrupación plantearon la necesidad de modificar el artículo, lo cual finalmente lograron.

(Foto: Ley contra la Delincuencia Organizada)
(Foto: Ley contra la Delincuencia Organizada)

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