Experto en temas legales señala que pese al estado declarado los guatemaltecos podrán hacer vida normal.
OTRAS NOTAS: Bernardo Arévalo declara Estado de Sitio tras ataques contra PNC
Por mandato constitucional el presidente en Consejo de ministros puede decretar un estado de Sitio con el cual limita algunas garantías y derechos, pero el Gobierno afirmó que las limitaciones se aplicarán exclusivamente en la medida necesaria para actuar contra los grupos terroristas.
Un documento compartido por el Gobierno sobre el contenido del Decreto Gubernativo del estado de sitio no habla sobre toques de queda, señala que el derecho a la libre expresión está garantizado, ni tampoco restricción a derechos políticos.
Según la Ley de Orden Público el estado de Sitio se puede decretar con el motivo de actividades terroristas, sediciosas, de rebelión o "cuando hechos graves pongan en peligro el orden constitucional o la seguridad del Estado".
Cuando está vigente el Gobierno puede limitar muchas garantías constitucionales como el derecho a manifestar, a reunión, expresión, locomoción y obviar algunos procesos en la detención de las personas, sin embargo, el que fue decretado este domingo por el Gobierno no utilizará todas esas facultades.
El Gobierno comparte algunos detalles que contendrá el estado de Sitio que será publicado mañana en el Diario de Centro América. pic.twitter.com/pCGnmQZv3D
Según un comunicado del Gobierno de Guatemala el estado de sitio únicamente restringirá la plena vigencia de los derechos contenidos en los artículos 5, 6, 33 y segundo párrafo del 38.
El artículo 5 constitucional habla sobre la libertad de acción y precisamente que "toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe" y "no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella".
Mientras que el artículo 6 hablar sobre la detención legal, expresamente señala que "ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de orden librada con apego a la ley por autoridad judicial competente".
Dicho artículo también menciona el tiempo en que debe ser puesto a disposición de una autoridad judicial el detenido y que no podrá quedar sujeto de ninguna otra autoridad.
LEA MÁS: ¿Qué es un estado de Excepción y por qué podría aplicarse tras ataques a la PNC?
El artículo 33 habla sobre el derecho de reunión y manifestación el cual señala que las reuniones y manifestaciones públicas "no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados".
Y el segundo párrafo del artículo 38 precisa sobre que "se reconoce el derecho de portación de armas, regulado por la ley".
Exclusivo para los terroristas
El comunicado del Gobierno enfatiza que "que ninguna persona podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o por actos que no constituyan infracción a la ley".
Asimismo, resalta que "las limitaciones establecidas se aplicarán exclusivamente en la medida necesaria para actuar contra los grupos autodenominados maras o pandillas, con el propósito de garantizar los derechos de los habitantes y restablecer el orden público".
Cadena nacional del Presidente @BArevaloDeLeon con las medidas para garantizar la seguridad. https://t.co/GHt8OHON1E
Por último, enumera que solo "en los casos estrictamente necesarios", las autoridades podrán implementar las siguientes medidas:
- Limitar o impedir la celebración de reuniones al aire libre, manifestaciones públicas, espectáculos u otras actividades, incluso si fueran de carácter privado.
- Disolver por la fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se realice sin autorización, o que, aun autorizada, se lleve a cabo portando armas o elementos de violencia.
- Disolver sin necesidad de previo aviso cualquier reunión o manifestación en la que se haga uso de armas o se recurra a actos de violencia.
- Restringir la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas u horarios determinados; impedir su salida de ciertas poblaciones o someterlos a registro, conforme lo disponga la autoridad competente.
- Requerir servicios o auxilio de particulares, sin distinción de fuero o condición, para asegurar el funcionamiento de servicios de utilidad pública o aquellos considerados necesarios.
- Ordenar la detención o confinamiento, sin necesidad de mandamiento judicial, de personas sospechosas de alterar el orden público o de ejecutar o propiciar acciones relacionadas con los hechos que motivaron la declaratoria.
- Repeler o reprimir, mediante medios preventivos, defensivos u ofensivos adecuados, cualquier acción individual o colectiva contraria a las disposiciones emitidas para restablecer la normalidad.
Consideraciones sobre la decisión
El abogado Edgar Ortíz, analizó los alcances del estado de Sitio que fue decreto este domingo y mencionó algunas consideraciones que la población debería tomar en cuenta.
LEA ADEMÁS: Estos son los 13 sitios donde ocurrieron los ataques armados este domingo
"No conocemos a detalle el decreto así que no sabemos a detalle los derechos que se van a limitar, pero sabemos por lo que dijo el presidente Arevalo en su conferencia que algunas cosas no van a suceder", afirmó el profesional.
Explicó que el mandatario "no habló de toques de queda, restricciones a los derechos políticos" lo cual calificó como "algo muy importante" porque por ley el Gobierno los podría restringir durante un estado de Sitio.
Sobre lo que sí puede pasar con este estado Ortíz precisó que se puede esperar que puedan efectuarse "detención sin orden de juez en caso de sospecha de actividades delictivas relacionadas con la perturbación al orden público".
"Incluso allanamientos en caso de que se sospeche que hay armas, explosivos o cualquier otra sustancia peligrosa o que se trate de grupos relacionados con la perturbación al orden que hemos visto recientemente", señaló el abogado.

Indicó que el gobernante habló sobre tomar el control de las cárceles y "una cosa que permite el estado de Sitio es militarizar los servicios públicos".
"No sabemos si se van a militarizar las prisiones o no, pero sabemos que se hará énfasis en la toma de control de los centros de detención", agregó el experto.
Ortiz destacó que el Congreso de la República será notificado la decisión del presidente y tiene tres días para aprobar, modificar o rechazar el estado de sitio.
"Dicho de otra forma, todo queda ahora en manos del Congreso. Por lo pronto podremos hacer vida normal. No hay una restricción a los derechos que limite seriamente nuestras actividades cotidianas", puntualizó el abogado.




