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Alertan sobre volar drones en zonas restringidas en Guatemala

  • Por Geber Osorio
05 de enero de 2026, 20:07
Las zonas restringidas para la volar drones son establecidas conforme a la Ley de Aviación Civil. (Foto ilustrativa: istock)

Las zonas restringidas para la volar drones son establecidas conforme a la Ley de Aviación Civil. (Foto ilustrativa: istock)

Volar drones en zonas restringidas conlleva a sanciones por la Ley de Aviación Civil.

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La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que las zonas restringidas para la operación de aeronaves pilotadas a distancia, más conocidas como drones, son establecidas conforme a la Ley de Aviación Civil y a las regulaciones vigentes en Guatemala.

Las geozonas de los fabricantes de drones son únicamente herramientas de apoyo y no sustituyen la normativa nacional, según indicaron las autoridades.

Por lo tanto, el hecho de que la aplicación del fabricante no bloquee una zona o permita el vuelo no implica autorización para operar, señaló la DGAC.

Además, enfatizó que operar los drones en zonas restringidas representa un riesgo grave para la seguridad operacional de la aviación.

Sanciones

Con esto, los operadores están obligados a verificar previamente las zonas de vuelo, consultar la información oficial publicada por la DGAC y tramitar los permisos correspondientes, con el objetivo de salvaguardar la seguridad operacional.

El desconocimiento de la normativa y el incumplimiento de las directrices establecidas en la DO-004-2025 conlleva la imposición de cualquiera de las sanciones establecidas en los artículos 118, 119 y 124 de la Ley de Aviación Civil, sin prejuicio de las sanciones civiles y penales que pudieran imponerse.

(Foto: DGAC)
(Foto: DGAC)

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