La iniciativa de ampliación presupuestaria asigna Q6 mil 312.1 millones a los Consejos Departamentales de Desarrollo para proyectos de agua potable, saneamiento y obras de infraestructura local.
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La iniciativa de ampliación presupuestaria presentada este 26 de enero en el Congreso plantea una reforma al artículo 126 del Decreto 36-2024, con el objetivo de priorizar la inversión en agua potable, saneamiento y desarrollo local a través de un aporte extraordinario a los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codedes).
La propuesta establece la asignación de Q6 mil 312.1 millones, que serán programados para dichas dependencias dentro de la entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro.

Estos recursos deberán destinarse de manera prioritaria al financiamiento, desarrollo y ejecución de obras de infraestructura vinculadas a sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de desechos sólidos y saneamiento, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población tanto en áreas rurales como urbanas.
Aunque el enfoque principal es el acceso al agua y el saneamiento, la reforma también permite que los Codedes utilicen los fondos para otras obras de infraestructura local, económica y social.

Entre ellas se incluyen proyectos de movilidad y transporte, educación, salud, drenajes y colectores, infraestructura productiva, edificios de uso múltiple, así como infraestructura vial urbana, rural y caminos rurales, siempre respetando los techos presupuestarios y las necesidades de cada comunidad.
Además, se aclara que los proyectos orientados a garantizar el acceso a agua potable segura y saneamiento no estarán sujetos a las restricciones del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que contemplen mecanismos de mantenimiento, operación y sostenibilidad financiera a cargo de la municipalidad responsable, la cual deberá garantizar las servidumbres de paso cuando sea necesario.
Además, se establece que todos los proyectos financiados con este aporte extraordinario deberán cumplir sin excepción con los procesos de programación y planificación correspondientes, así como con la publicación de la información a través del sistema Guatecompras.
La reforma también faculta a las entidades públicas para contratar obras que superen el ejercicio fiscal vigente, de conformidad con la Constitución y la Ley Orgánica del Presupuesto, siempre que se realice la provisión adecuada de las asignaciones presupuestarias.
Asimismo se incluye una prohibición expresa para reprogramar o reordenar estos recursos en determinados municipios que serán detallados en el listado correspondiente.






