Con lugar fue declara una acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la Nación (PGN), en contra varios artículos del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo que favorecían a la organización sindical magisterial.
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La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad plantada contra varios artículos del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo que favorecían al Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG).
Con esta decisión quedan fuera los artículos que le daban facultades que no le corresponden a la organización sindical liderada por Joviel Acevedo, por lo que son expulsados de la negociación del Pacto Colectivo con el Ministerio de Educación.

Entre lo resuelto, sobresale que la potestad de dirección, organización y decisión de la función pública educativa es una facultad que le compete al Ministerio de Educación (Mineduc) como rector de esta materia.
También aclara que la Juntas Mixtas no reemplazan la rectoría estatal, ya que promueven la armonización de los intereses colectivos de los trabajadores y las funciones propias de la administración pública, entre otras cosas.
Algunas consideraciones
La inconstitucionalidad planteada contra algunos artículos del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo fue presentada por la Procuraduría General de la Nación (PGN) dirigida por Julio Saavedra, titular de la PGN.
La acción promovida por la PGN alegaba la inconstitucionalidad de, al menos, siete artículos contenidos en el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo suscrito entre el STEG y el MINEDUC en el 2022, el cual se encuentra vigente.





