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CC otorga ejecutoria de amparo y ordena retomar la construcción del Puente Belice II

  • Por Carlos Álvarez
26 de enero de 2026, 18:14
La CC ordenó que se siga la construcción del Puente Belice II. (Foto: Archivo / Soy502)

La CC ordenó que se siga la construcción del Puente Belice II. (Foto: Archivo / Soy502)

El Gobierno deberá rendir un informe cada 15 días sobre los avances que tenga la construcción del proyecto.

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La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó este lunes una solicitud de asistencia para la debida ejecución de un amparo dictado el 21 de mayo de 2025 en el cual se ordena al Organismo Ejecutivo a elaborar y concluir el proyecto de construcción del Puente Belice II.

Según precisa la ejecutoria del expediente 567-2025 Reyna de Jesús Escobar Rodríguez, Marta Luisa Tepen Soyos de Suret y Blanca Julia Contreras López de Montenegro, promovieron un amparo en única instancia para que se siguiera con la construcción del Puente Belice II.

La acción constitucional fue promovida en contra del presidente de la República, los ministros de Finanzas Públicas y Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, así como la Coordinadora Ejecutiva del Fondo Social de Solidaridad.

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La CC ortorgó un amparo el año pasado para que se siga la construcción del Puente Belice II. (Foto: Archivo / Soy502)

El argumento de las solicitantes era "la amenaza cierta, inminente y futura" que la construcción del Puente Belice II no sea concluido lo cual dejaría "en indefensión y total inseguridad a los vecinos ciudadanos y habitantes que circulan, transitan y se transportan por el lugar".

La CC emitió la sentencia en mayo último y otorgó en definitiva el amparo, ante esto el presidente Bernardo Arévalo pidió varias solicitudes de ampliación del amparo, de las cuales una fue acepta y otras declaras sin lugar por la sala constitucional.

Ante esta situación y debido a que las solicitantes no observan que el Organismo Ejecutivo trabaje para cumplir con la sentencia emitida por la CC colocaron la solicitud de asistencia para la debida ejecución.

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La CC lo otorgó y ordenó al presidente, los ministros de Finanzas y Comunicaciones, así como como a la Contraloría General de Cuentas que "de manera inmediata, deberán realizar y adoptar cuanta medida sea necesaria para continuar, ejecutar y concluir la construcción del proyecto".

Con este fallo las autoridades deberán llevar a cabo las diligencias para la construcción el Puente Belice II, dentro de los 15 días siguientes de recibida la ejecutoria y "bajo los apercibimientos establecidos en el fallo y las responsabilidades que prevé la Ley".

La CC también ordenó que las instituciones deberán rendir un informe cada 15 días respecto a las actuaciones que hagan para cumplir con lo ordenado en la sentencia, para lo cual deberán adjuntar la documentación que soporte sus afirmaciones.

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