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CSJ intentará elegir presidente y conocerá solicitud de nuevo ministro

  • Por Carlos Álvarez
20 de octubre de 2025, 15:52
Esta semana se conocerán dos temas que la sociedad guatemalteca sigue de cerca. (Foto: Archivo / Soy502)

Esta semana se conocerán dos temas que la sociedad guatemalteca sigue de cerca. (Foto: Archivo / Soy502)

Elección del presidente de la Corte y permiso del nuevo ministro son dos temas que atraen la atención de la sociedad.

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Para esta semana se esperan dos situaciones particulares en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), primero sus magistrados intentarán elegir presidente y luego el Consejo de la Carrera Judicial podría conocer la solicitud de permiso para que el nuevo ministro de Gobernación pueda asumir el cargo.

En principio, los magistrados de la CSJ fueron convocados a un pleno extraordinario que se llevará a cabo el martes 21 de octubre con el objetivo de elegir al presidente del Organismo Judicial (OJ).

La información fue confirmada por el presidente en funciones de la CSJ Carlos Rodimiro Lucero Paz, quien indicó que convocaría a los magistrados a un pleno extraordinario para para elegir al titular del OJ.

Presidente CSJ, Marco Antonio Villeda, Ministro de Gobernación, Corte Suprema de Justicia, 02
Carlos Rodimiro Lucero Paz, presidente en funciones de la CSJ. (Foto: Archivo / Soy502)

Lucero Paz explicó que la última vez que se desarrolló un pleno extraordinario para elegir presidente de la CSJ fue el pasado 15 de octubre, pero que en esa ocasión ningún magistrado se postuló como candidato por lo cual no se llevó a cabo la elección.

El presidente en funciones de la CSJ evitó mencionar si hay consensos para elegir presidente este martes y se limitó a señalar que el magistrado que quiera ser presidente del OJ deberá presentar su propuesta al peno y presentar su plan de trabajo.

Señaló que si eso convence a sus compañeros se procederá la votación para hacer la elección del presidente de la CSJ. Agregó que el trabajo del OJ no se ha detenido y que cada magistrado lleva a cabo las labores que le han sido encomendadas.

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Permiso para el nuevo ministro

Otra de las situaciones que se espera que suceda esta semana en el OJ es que se conozca la solicitud de licencia o excedencia del ministro de Gobernación designado Marco Antonio Villeda Sandoval, quien ha fungido como juez por más de 30 años.

El magistrado de la CSJ Luis Fernández Molina, explicó que el ministro designado debe hacer una solicitud de licencia o excedencia particularmente para "no romper el cordón umbilical que tiene con el OJ".

"No creo que el nuevo ministro quiera romper su relación con el OJ, en el Ministerio de Gobernación en el mejor de los casos estará dos años, incluso puede estar solo por unos meses, entonces buscará regresar a su puesto", señaló el exmagistrado.

Presidente CSJ, Marco Antonio Villeda, Ministro de Gobernación, Corte Suprema de Justicia, 03
Marco Antonio Villeda Sandoval, ministro de Gobernación designado por el presidente Bernardo Arévalo. (Foto: Archivo / Soy502)

Fernández Molina precisó que el ministro designado debe enviar una solicitud para pedir una licencia o una excedencia al Consejo de la Carrera Judicial que está obligado a conocerla y resolverla y precisó que dicha decisión es impugnable ante la CSJ.

"Recordemos que quien mira las vacantes y suplencias es el Consejo de la Carrera Judicial", puntualizó el exmagistrado.

¿Qué dice la ley?

El artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial habla de las licencias y las excedencias, en el caso de las licencias señala que "se produce cuando el miembro de la carrera judicial, por algún motivo justificado, solícita pasar a esta condición".

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En el caso de la excedencia "tiene lugar cuándo un miembro de la carrera judicial, sin renunciar a tal condición, solicita dejar de prestar servicio activo en la misma, después de haberlo desempeñado en forma satisfactoria por lo menos durante dos años".

Agrega que "el tiempo de duración de la excedencia no puede extenderse más allá del período de nombramiento del funcionario, transcurrido el cual se entenderá perdida la calidad de miembro de la carrera judicial.

Asimismo, "la excedencia se otorga sin goce de salario y no se acreditará al tiempo de servicio para efectos de determinar antigüedad, prestaciones laborales e indemnización. Debe nombrarse sustituto interino, siguiendo los procedimientos contemplados en esta Ley".

Presidente CSJ, Marco Antonio Villeda, Ministro de Gobernación, Corte Suprema de Justicia, 04
El pleno de la Corte Suprema de Justicia aún no elige presidente para el periodo 2025-2026. (Foto: Archivo / Soy502)

El mismo artículo de la Ley de la Carrera Judicial precisa que "las resoluciones relativas a estas situaciones serán competencia del Consejo de la Carrera Judicial y son aplicables supletoriamente las disposiciones de la Ley de Servicio Civil del Organismo Judicial".

De la misma manera la Ley de Servicio Civil del Organismo Judicial en su título VI habla de los medios de impugnación contra resoluciones administrativas señala que algún interesado podrá colocar un recurso de revocatoria contra la resolución final de una autoridad administrativa.

Incluso dicha ley señala que de lo resuelto de la revocatoria se puede plantear una apelación en la cámara respectiva de la CSJ y deja claro que "contra lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia no cabe recurso alguno".

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