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Así responde la CSJ a la petición de Arévalo sobre destituir al juez Orellana

  • Por Dulce Rivera
29 de octubre de 2025, 17:03
El presidente Bernardo Arévalo pidió la destitución del juez Fredy Orellana. (Foto: Soy502)

El presidente Bernardo Arévalo pidió la destitución del juez Fredy Orellana. (Foto: Soy502)

A través de un comunicado, el OJ respondió la petición del presidente Arévalo de destituir al juez Fredy Orellana. 

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El presidente Bernardo Arévalo pidió a la Corte Suprema de Justicia la destitución del juez Fredy Orellana, luego de las últimas resoluciones que este emitió en contra de Semilla. 

En un comunicado, el OJ refiere a los procesos en los cuales se podría destituir a un juez y aclara que los jueces son nombrados por períodos de cinco años. 

  • "Que, según el artículo 208 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los jueces duran cinco años en sus funciones, periodo en el cual no pueden ser removidos sino en los casos y con las formalidades que dispone la ley". 
  • "Que el artículo 3 de la Ley de la Carrera Judicial reitera la garantía de estabilidad de la judicatura, al disponer que los jueces solo pueden ser removidos en los casos y mediante el procedimiento que esta establece". 
  • "Que, según el artículo 49 de la Ley de la Carrera Judicial, la sanción de destitución de un juez debe ser recomendada por la Junta de Disciplina Judicial, trasladada al Consejo de la Carrera Judicial y ejecutada por la Corte Suprema de Justicia". 
  • "Que, en caso de ser acusados de conducta delictuosa, los jueces gozan del derecho de antejuicio en la forma establecida en el artículo 206 Constitución Política de la República de Guatemala". 

En el comunicado también se menciona que "se inció el procedimiento correspondiente", pero no explica a qué se refiere. 

"Que, en atención a la normativa citada y a la garantía de independencia judicial tanto frente a otros poderes del Estado como entre los miembros de la carrera judicial, indistintamente de su jerarquía, al principio del debido proceso y a la inviolabilidad del derecho de defensa, la Corte Suprema de Justicia inició el procedimiento correspondiente siendo respetuosa de la Constitución Política de
la República de Guatemala y las leyes vigentes", se lee. 

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