El plazo máximo para que el Organismo Ejecutivo emita el reglamento de la legislación son cinco días.
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Este lunes fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 11-2026 Ley de Apoyo de Emergencia para los Consumidores de Diésel y Gasolinas el cual entrará en vigencia el martes 21 de abril.
Según el decreto la Ley tiene por objeto, establecer un subsidio temporal "destinado a la reducción de precios a los consumidores de diésel y gasolinas súper y regular, con el fin de mitigar el impacto económico, derivado del incremento en los precios internacionales de los combustibles".
Asimismo, se establece que la Ley tendrá una duración de tres meses, contados a partir de la publicación del reglamento del Decreto o hasta que se agote la disponibilidad presupuestaria autorizada en esta Ley, es decir, lo que ocurra primero.
El apoyo social temporal, será de Q 8.00 por cada galón de diésel y de Q 5.00 por cada galón de gasolina súper o regular, "debiendo reflejarse directamente en el precio final al consumidor".
Este lunes fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 11-2026 Ley de Apoyo de Emergencia para los Consumidores de Diésel y Gasolinas. pic.twitter.com/2FfvQJfaLT
Cómo se aplicará
La ley establece que "solo podrán optar al apoyo social temporal [...] los importadores que se encuentren registrados como tal en la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energía y Minas (MEM), con anterioridad a la fecha en que entre en vigencia del Decreto".
Los importadores deberán reflejar la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal, en el precio de venta en terminal, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), informará al MEM, a través de los mecanismos y periodicidad que se establezcan en el reglamento.
Además, en todas las facturas emitidas en la cadena de comercialización, deberá consignarse la anotación del apoyo social temporal establecido en la presente Ley.
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La ley precisa también que "el beneficio deberá trasladarse obligatoriamente al consumidor final mediante la reducción equivalente en el precio de venta del combustible".
Asimismo, "el MEM reconocerá el monto correspondiente al apoyo social temporal a los importadores de combustibles registrados ante la DGH, previa verificación de la información reportada por la SAT y de la documentación que respalde la reducción aplicada en el precio del combustible en la cadena de comercialización".
El monto destinado para financiar el subsidio será de Q 2,000 millones y el MEM será el encargado emitir el reglamento de la Ley en un plazo de cinco días. El Decreto 11-2026 entrará en vigencia el 21 de abril de 2026.





