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Joven localizada muerta había sido víctima de explotación sexual

  • Por Angélica Medinilla
20 de octubre de 2020, 16:22
Su tía ayudó a captar a la joven para explotarla en un hotel de zona 4. (Foto: Facebook)

Su tía ayudó a captar a la joven para explotarla en un hotel de zona 4. (Foto: Facebook)

El cuerpo de Ana Andrea Pop Hidalgo, de 21 años, fue localizado en Alta Verapaz.

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Cuando ella tenía 16 años fue víctima de trata de personas, en su modalidad de explotación sexual.

El Refugio de la Niñez indicó que la joven permaneció albergada en el Centro de Protección Especial Amor sin Fronteras de El Refugio de la Niñez, para recibir acompañamiento jurídico, psicológico y social especializado.

En 2017, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente condenó a Herlinda Tiux Tul (tía de Ana), Estela Emiliana Ramírez Martínez y Catalino Verónico González Felipe por las agresiones en contra de Ana.

La joven fue captada, por medio de engaños. Sus agresores la explotaban en un hotel de la zona 4, de la ciudad de Guatemala.

A pesar de haber sido reintegrada con sus familiares en su lugar de origen y de la sentencia penal, el Refugio de la Niñez indica que el Estado no brindó el acompañamiento necesario para garantizar la integridad, seguridad y desarrollo integral de la joven. "Lo que, lamentablemente, derivó en su brutal asesinato, ocurrido 4 años después", expresaron en un comunicado.

El Refugio de la Niñez exige:

  • Que el Ministerio Público inicie y desarrolle una investigación penal exhaustiva, que permita identificar y castigar a los responsables del asesinato de Ana Andrea Pop Hidalgo.
  • Al Instituto para la Asistencia y Atención a la Víctima del Delito que identifique el caso y acompañe con atención especializada a parientes y víctimas colaterales del asesinato.
  • A la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, en su calidad de ente rector de la materia, que coordine interinstitucionalmente acciones que permitan el acompañamiento integral a las personas sobrevivientes del delito de trata de personas, a fin de promover su desarrollo integral y evitar convertirse en víctimas de nuevos delitos
  • A todas las entidades del Estado responsables de la prevención, protección y atención a las víctimas del delito de trata de personas, que cumplan con las atribuciones legales que permitan evitar una nueva vulneración de las víctimas

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