El líder magisterial aseveró que no existe mesa de negociación, mientras el juzgado dio un plazo para que se levante la asamblea permanente.
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Este 24 de junio, el Ministerio de Educación (Mineduc) informó sobre la sentencia del Juzgado Quinto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social del Departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de Amparo, que resolvió que los docentes deben levantar la "asamblea permanente" y reestablecer clases en un plazo máximo de 48 horas.
Tras ello, el líder sindical Joviel Acevedo se pronunció por dicha resolución y afirmó que en la actualidad no existe una mesa de negociación para un nuevo pacto colectivo, como ha indicado el Mineduc.
"Nosotros aceptamos cualquier diálogo, pero es mentira y falso (en la narrativa que ellos tienen) que haya un diálogo, una mesa de negociación del pacto colectivo", reiteró Acevedo. Esto mientras criticaba la postura del Gobierno de Guatemala. Además, calificó como "ridículo" el uso de los artículos que para él son "ilegales e inconstitucionales".
Joviel también aprovechó para cuestionar la forma de proceder de la Procuraduría General de la Nación (PGN) y los acusó de perseguir al sindicato. "Es un abogado del Estado para un sinnúmero de cosas que no han hecho, pero sí han perseguido al sindicato y al pacto colectivo con más de seis amparos", reiteró.
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La resolución
De acuerdo con la sentencia compartida por el Mineduc, en su fallo, el Tribunal declaró con lugar el amparo y confirmó que la convocatoria a "asamblea permanente" vulnera el derecho constitucional a la educación de la niñez, adolescencia y juventud matriculadas en el sistema público.
La misma ordena al Comité Ejecutivo Nacional del STEG y a sus dirigentes seccionales y subseccionales dejar sin efecto la convocatoria y notificarlo por escrito a todas las direcciones de escuelas públicas.
"Cada comunicación debe entregarse de forma comprobable en un plazo máximo de 48 horas a partir de la notificación judicial y remitirse, en copia, al expediente del amparo.
También, el Tribunal advirtió que de no acreditarse el cumplimiento en el tiempo indicado, certificará lo conducente ante el Ministerio Público por desobediencia e impondrá multas de hasta Q4 mil a cada integrante de la dirigencia sindical, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan derivarse.
En la resolución se reconoce el derecho del sindicato de celebrar asambleas ordinarias y extraordinarias, hasta un máximo de dos por año, siempre que no impida el acceso a la educación ni interrumpa el servicio público.
Sentencia firme: Juzgado declara con lugar el amparo presentado por la @PGNGuatemala y ordenó al STEG levantar la “asamblea permanente” y restablecer por completo las clases en un plazo máximo de 48 horas.
Mineduc coordinará con las Direcciones Departamentales para verificar… pic.twitter.com/x6OsrH9Pge
*Con información de Azteca Noticias GT