Tras conocerse que las órdenes de captura en contra de Jorge Serrano Elías fueron anuladas, abogados y constituyentes se dividen entre quienes creen que aún debe ser perseguido y entre señalan que los delitos prescribieron.
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Hace 33 años, Jorge Serrano Elías, intentó disolver el Congreso de la República y la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en un intento por romper el órden constitucional que fue denominado "El Serranazo".
Este 18 de febrero, trascendió que el juez Fredy Orellana, resolvió anular las órdenes de captura en su contra, por haber prescrito los delitos y porque el Ministerio Público (MP) no solicitó ningúna acción en su contra.
Esto ha generado una serie de reacciones de abogados y constituyentes.
El abogado Javier Monterroso dijo que se debe analizar varios aspectos, desde cómo llegó el caso con el juez Fredy Orellana, la resolución que anuló las órdenes de captura, qué presentó el abogado defensor y cuál fue el posicionamiento del MP.
Señaló que la prescripción de delitos, "se comienza a contar desde que no hay una acción en contra él, o que no haya sido requerido", manifestó.
Recordó que en el 2013, cuando era asesor de la fiscal general de ese momento, Claudia Paz y Paz, la Fiscalía de Asuntos Administrativos, advirtió que estaban por vencer los delitos, por lo que en ese momento se opusieron y ratificaron la orden de captura contra el expresidente.
"El problema es que el MP tiene que oponerse. Es lo que hicimos nosotros en 2013, porque se cumplían 20 años. Se opuso el MP porque él sí estaba siendo perseguido, porque se sabe que está en Panamá, y ese país no lo quiere entregar", detalló.
Dijo desconocer si la Procuraduría General de la Nación es parte del proceso, ya que sería quien podría oponerse a la anulación de las órdenes de captura e incluso al cese de la persecución penal.
"Él todavía tiene pendiente el caso en Guatemala porque en 1993 intentó imponer un régimen dictatorial, violando la Constitución, suspendiendo garantías fundamentales, alterando el orden Constitucional, mientras eso no sea juzgado, no se puede cerrar ese capitulo", concluyó.

No se puede anular
El abogado y constitutuyente, Fernando Linares Beltranena, también se refirió a la anulación de las órdenes de captura y aseguró que es una acción que no se puede realizar, porque le persecución penal es presencial y no "a control remoto".
"La ley dice claramente: si hay una orden de captura, la única forma de aliviarla es que se presente la persona directamente, y sé que las denuncias que presentó el MP interrumpieron la prescripción", explicó y agregó que dicha institución tiene la obligación de apelar.
"Los que fuimos constituyentes nos recordamos muy bien de lo que él hizo. Yo era diputado del Congreso de la República y por él tuve que salir en el 93, cuando el dio El Serranazo", recordó y reiteró que a su criterio la orden de captura está vigente.
"Habría que ver la resolucion y cuál fue el sustento, el motivo para haber cancelado la orden de captura, eso solo se puede hacer si la persona se presenta y si el juez a la hora de que se presenta le da una falta de mérito y no se puede hacer a control remoto. El derecho penal es presencial, no se puede actuar por mandato", agregó.

Lo legal y lo moral
Roberto Alejos, constituyente, dijo que si se anuló la orden de captura es porque nadie dio seguimiento y al pasar los años, los delitos prescriben.
"Aquí lo que sucede es que hay que recordarnos que la Constitución Política de la República de Guatemala, es la que de alguna forma novedosa dejó establecido, que todos los delitos relacionados con la administración pública, tienen 20 años para prescribir, en aquel entonces parecía muchísimo tiempo, pero nos damos cuenta que de alguna u otra manera, 20 años pasan", dijo.
"En el caso de Serrano Elías, desde el año 20, fue demandado por el Estado y el Ministerio Público, pasaron esos 20 años sin que hayan podido extraditarlo los delitos prescribieron, ahora con más de 30 años de estar afuera, nadie dio seguimiento al tema, no se logró nunca la extradición, no se abrieron los procesos, entonces las órdenes de captura quedan sin vigencia", agregó.
Para Alejos, ahora toca analizar si con la anulación de las órdenes de captura, también se cierran los casos.
"Si el MP no presentó pruebas y pasaron 20 años sin lograr nada, hay que cerrar los casos y eso es lo que manda la Constitución. Prácticamente él cumplió su condena estando exilado, sin poder venir al país", manifestó.
Además, dijo que si bien, Serrano Elías podría venir al país, al ya no tener órdenes de captura, se debe analizar qué pasará socialmente.
"El ya puede regresar al país, desde el punto de vista legal, ahora hay que hacer el análisis desde el punto de vista social, si el presidente Serrano estaría dispuesto a aguantar cualquier crítica o manifestación de cualquier índole en su contra", finalizó.
La resolución
Pese a la resolución del juez Orellana, aún quedan dudas por resolver, principalmente del MP debido a que trascendió que no se opuso a la resolución de Orellana de anular la persecución penal, por 13 delitos.
Soy502 realizó una consulta con el MP, al cierre de esta nota, el ente investigador indicó que por medio de la Fiscalía de Delitos Administrativos sí presentó la impugnación correspondiente. Sin embargo, refirió que en breve brindaría detalles.




