El accidente ocurrido el sábado último evidenció fallas en la aplicación de la ley vigente desde 2017, respecto a la implementación de los limitadores de velocidad para el transporte colectivo.
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Los dos camiones involucrados en el accidente ocurrido el sábado en la autopista Palín-Escuintla no contaban con limitadores de velocidad, según confirmaron autoridades durante una citación en el Congreso.
El director de la Dirección General de Transportes (DGT), Mynor González, informó, con base en datos proporcionados por Provial, que ninguno de los vehículos cumplía con esta medida de seguridad.
El funcionario también indicó que, pese a esta falta, ambas unidades habían presentado informe mecánico, lo que evidenció inconsistencias en los controles aplicados al transporte pesado, comentario que fue remarcado por diputados.

El hecho fue abordado como parte de una serie de accidentes recientes registrados en el país, los cuales, según se expuso, podrían reducirse con la correcta implementación de los reguladores de velocidad.
Avances limitados
Durante la citación a cargo del bloque VOS, autoridades reiteraron que la normativa que obliga a instalar limitadores de velocidad se encuentra vigente desde 2017; sin embargo, su cumplimiento sigue siendo parcial.
Desde la DGT, González explicó que los controles se realizan principalmente a través de operativos en carretera, donde se solicita un certificado que acredita la instalación del dispositivo. "El sistema limitador de velocidad es una disposición que se encuentra totalmente en vigencia y en aplicación", señaló el director.

No obstante, también se reconoció que el alcance de estas acciones es limitado. En lo que va del año, se han desarrollado alrededor de 30 operativos, en los que solo se han impuesto tres sanciones por incumplimiento.
El proceso de verificación, según detallaron, es de carácter documental. "La implementación del sistema se acredita a través del certificado... y en caso contrario se procede a imponer la sanción", explicaron. Este punto fue cuestionado por los legisladores ante la falta de procesos digitales que permita un cruce de datos eficiente.
A esto se suma una restricción clave en la aplicación de la ley; sobre que las sanciones únicamente pueden imponerse durante operativos. "Para sancionar es únicamente un operativo", indicaron autoridades, al referirse a lo establecido en el reglamento vigente.
Ley y la realidad
Las cifras presentadas durante la sesión mostraron una baja cobertura del sistema. De más de 250 mil vehículos de transporte de carga registrados en el país, apenas unos 15 mil cuentan con limitadores de velocidad, según se indicó desde el Departamento de Trànsito de la PNC.
En el caso del transporte colectivo, el panorama es aún más reducido, con menos de mil unidades que han implementado este mecanismo, frente a un parque vehicular que supera las 20 mil.

Autoridades también señalaron que el proceso depende de la coordinación entre instituciones y de la presentación voluntaria de los transportistas, lo que ha ralentizado su implementación desde aproximadamente una década.





