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MEM acelera elaboración del reglamento para aplicar subsidio temporal a combustibles

  • Por Carlos Álvarez
20 de abril de 2026, 09:53
El Ministerio de Energía y Minas agiliza el reglamento de la Ley de Apoyo de Emergencia para implementar el subsidio a combustibles. (Foto: Archivo / Soy502)

El Ministerio de Energía y Minas agiliza el reglamento de la Ley de Apoyo de Emergencia para implementar el subsidio a combustibles. (Foto: Archivo / Soy502)

El Congreso de la República autorizó que se autorice un beneficio de Q 8.00 al galón de diésel y Q 5.00 a las gasolinas regular y superior.

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El Ministerio de Energía y Minas (MEM) dio a conocer que agilizó la elaboración del reglamento de la Ley de Apoyo de Emergencia para los Consumidores de Diésel y Gasolinas, con el objetivo de cumplir el plazo establecido en la normativa y viabilizar la implementación del subsidio a los combustibles.

La legislación, contenida en el Decreto 11-2026 y publicada este lunes en el Diario de Centro América, entrará en vigencia el martes 21 de abril de 2026.

A partir de esa fecha, el MEM dispone de un plazo de cinco días para emitir el reglamento que permitirá la aplicación del apoyo económico.

La Unidad de Comunicación Social del MEM confirmó que la cartera ya trabaja en la elaboración del instrumento normativo.

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La normativa, bajo el Decreto 11-2026, otorgará un beneficio de Q 8.00 al galón de diésel y Q 5.00 a las gasolinas regular y superior. (Foto: Archivo / Soy502)

En esa misma línea, el viceministro Encargado del Área de Hidrocarburos y Minería, Erwin Barrios, indicó que se están anticipando acciones para cumplir con el tiempo establecido por la ley.

"Estamos anticipando acciones para tener listo el reglamento dentro del plazo posterior a su publicación que fue establecido", afirmó el funcionario

Barrios explicó que el objetivo de esta disposición es contribuir a la estabilización de los costos para los consumidores, especialmente en sectores que dependen directamente del uso de combustibles.

Según detalló, el subsidio busca mitigar el impacto del alza en los precios internacionales y, con ello, aportar al bienestar social y al dinamismo económico.

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De acuerdo con el contenido del decreto, la Ley tiene como propósito establecer un subsidio temporal orientado a reducir los precios finales del diésel y de las gasolinas superior y regular.

El apoyo económico será de Q 8.00 por galón de diésel y de Q 5.00 por galón de gasolina, montos que deberán reflejarse en el precio al consumidor de manera directa.

La normativa también establece que el beneficio tendrá una vigencia de tres meses contados a partir de la publicación del reglamento, o hasta que se agoten los recursos presupuestarios asignados, lo que ocurra primero.

Además, el viceministro subrayó que el subsidio tiene carácter temporal y estará sujeto a evaluaciones conforme a las condiciones del mercado internacional.

La ley establece que el Gobierno destinará hasta Q 2,000 millones para cubrir el subsidio a los combustibles.

Medidas adicionales

La referida ley también señala mecanismo excepcional de referencia y contención de precios y reconoce la existencia de una situación extraordinaria de alta volatilidad en los mercados internacionales de combustibles.

Entre dichos mecanismos está que el MEM deberá publicar de forma periódica un precio de referencia nacional para los combustibles, determinado con base en precios internacionales de referencia y márgenes razonables de comercialización conforme a condiciones de mercado.

El Ministerio también deberá, de manera excepcional, establecer rangos de referencia para la variación de precios al consumidor final, con base en el precio de referencia determinado, los cuales servirán como parámetros técnicos para la supervisión del mercado y la identificación de desviaciones no justificadas en la formación de precios.

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Asimismo, coordinará con la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (DIACO) y demás entidades competentes la verificación del cumplimiento de los parámetros establecidos, con el objeto de evitar prácticas abusivas o distorsiones en el mercado.

Fiscalización

La Ley que aprueba el subsidio también contempla que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), verificará el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los importadores de combustibles.

Asimismo, la DIACO del Ministerio de Economía, deberá velar porque el traslado del apoyo social temporal se vea reflejado en el precio del combustible.

Mientras tanto el MEM, como ente rector y responsable de implementar el apoyo social temporal, supervisará su correcta aplicación operativa en la cadena de importación, distribución y comercialización de combustibles.

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Con una inversión de Q2,000 millones, el Gobierno busca la estabilización de costos bajo la fiscalización de la DIACO y la SAT para beneficiar a los consumidores. (Foto: Archivo / Soy502)

Esta supervisión incluirá el otorgamiento y pago de los montos correspondientes, así como la verificación de que el beneficio se traslade de manera efectiva al consumidor final, conforme a los mecanismos establecidos en el reglamento.

Además, la Contraloría General de Cuentas, en el ámbito de sus competencias, ejercerá la fiscalización superior de los recursos públicos destinados al financiamiento del apoyo social temporal, verificando la correcta ejecución, legalidad, transparencia y destino de los mismos.

La Ley también faculta a la DIACO a imponer una sanción de 30 Unidades de Multa Ajustables a la persona individual o jurídica que no aplique el apoyo social temporal al consumidor final, sin perjuicio de la aplicación de las demás sanciones y responsabilidades establecidas en la legislación vigente.

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