Diputadas impulsan la aprobación de una ley que deje sin efecto el actual Código Procesal Civil, para que entren en vigencia nuevas normativas.
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En busca de actualizar la legislación vigente, así como de agilizar procesos y disminuir la mora judicial, en el Congreso hay una propuesta para reemplazar el actual Código Procesal Civil y Mercantil.
Tras varias semanas de discusión con representantes de diversos sectores, el proyecto fue presentado oficialmente en la Dirección Legislativa y está a la espera de ser conocido por el pleno de diputados para iniciar el proceso para su aprobación.
La quinta secretaria del parlamento, Sonia Gutiérrez, indicó que la iniciativa surgió a solicitud de jueces y magistrados, quienes habrían externado su preocupación por la presa de casos sin resolver, debido, en buena parte, a los procedimientos que se norman en la ley actual.
La diputada, quien promueve la modernización del cuerpo legal, puso como ejemplo que ahora se requieren casi cuatro años para ejecutar un contrato, lo cual, en su opinión, representa un alto costo para las partes involucradas y constituye, en cierto modo, denegación de la justicia.
¿Por qué un nuevo Código?
Al ser consultada sobre la razón de crea un nuevo Código, en lugar de plantear reformas al existente, Gutiérrez explicó que el actual tiene 638 artículos, por lo cual "por mera técnica legislativa, resultaría una tarea titánica y compleja reformarlo, para lograr los objetivos que se pretenden alcanzar".
Asimismo, hizo ver que la normativa que se propone está conformada solo por 193 apartados, además de disposiciones transitorias.
Entre los aspectos más destacados del proyecto figura que se centra en la resolución de conflictos. De esa cuenta, permite remitir a los procedimientos administrativos y a la jurisdicción notarial todas aquellas gestiones o actuaciones sin controversia.
La propuesta es impulsada también por la parlamentaria independiente Andrea Villagrán.

Subasta de bienes
Otro de los temas que se buscaría con el nuevo Código es impedir el enriquecimiento de los acreedores con la adjudicación de los bienes del deudor, sin liquidación ni entrega de remanente.
Según se explicó, "el diseño normativo apuesta por la venta de los bienes en la subasta electrónica, la liquidación correspondiente, entrega de lo adeudado al acreedor conforme al interés legal y la entrega al deudor del remante del bien vendido".
Cabe destacar que esta no es la primera vez que se busca reemplazar la citada norma; se hicieron intentos en 2000, 2012 y 2016, sin que alguno de ellos haya prosperado.
Acá puede acceder al borrador de la iniciativa: