El acuerdo, que se publicará este sábado 14 de agosto, podrá contener otras restricciones que el Ministerio de Salud considere.
EN CONTEXTO: Gobierno decreta Estado de Calamidad por crisis de Covid-19 y variante Delta
El nuevo Estado de Calamidad decretado por el presidente Alejandro Giammattei en Consejo de Ministros, faculta al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) establecer las restricciones que considere necesarias para contener la propagación del Covid-19.
La reunión de Consejo de Ministros se llevó a cabo la tarde de este viernes 13 de agosto, donde la ministra de Salud, Amelia Flores, expuso la situación actual de contagios y de los hospitales.
Durante la reunión se estableció que en el Estado de Calamidad, donde se establece un nuevo toque de queda de 22:00 horas a 4:00 de la mañana del día siguiente, el MSPAS pueda establecer las restricciones o medidas que considere necesarias para contener el virus.
Esta facultad la tendrá durante 30 días, mientras dure el estado de calamidad, en donde no se detalló cuáles serán las disposiciones de Salud.
Medidas anunciadas
Entre las medidas decretadas Giammattei anunció:
- El MSPAS, como ente rector de la Salud deberá ejecutar todas las acciones necesarias, a fin de prestar todos los servicios públicos indispensables para mitigar la propagación del Cov-Sars-2 y sus variantes.
- Se emitirán las medidas sanitarias y restricciones necesaria para limitar el acceso a los lugares que se informen, fijando los horarios de locomoción y los medios de transporte permitidos.
- Las restricciones se concentrarán en los focos de contagios como lo son las reuniones sociales o recreativas que no son esenciales.
- Se limitará la locomoción a partir de las 22 horas hasta las 4 de la mañana del día siguiente, con algunas excepciones que se publicarán el sábado 14 en el diario oficial.
- Las medidas tomarán vigencia a partir del domingo 15 de agosto.
- Según Giammattei, se garantizan todas las actividades de justicia, las económicas, la prestación de servicios públicos.
- Los aforos deberán cumplirse de acuerdo a lo establecido en el Semáforo Covid-19.
- Se limitan las concentraciones de personas. Se exceptúan las manifestaciones públicas siempre que cuenten con notificación y se cumpla con las medidas de bioseguridad y no se limite la libre locomoción de terceros.
- Se prohíben y suspenden todos los espectáculos públicos, eventos o reuniones.
- Se establecen precios topes a medicamentos esenciales para el tratamiento del Covid-19.
- Se ordena a Migración, a Aeronáutica Civil, en coordinación con las fuerzas de seguridad del Estado y el Ejército, coordinen con el MSPAS la vigilancia de los puestos fronterizos, los puertos y aeropuertos, con relación a los viajeros y tripulantes con casos confirmados con coronavirus, en especial con los que traigan la variante Delta.
- El Ministerio de Gobernación deberá encargarse del orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes.
- Habrá sanciones administrativas para quienes incumplan el Decreto.
- Convocaron al Congreso para que conozca, modifique o apruebe el Estado de Calamidad.





