Las medidas comenzaron con un estado de sitio decretado luego que la organización terrorista Barrio 18 perpetrara una serie de ataques armados en contra de policías.
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El Gobierno de Guatemala decretó un nuevo estado de prevención, el quinto de forma consecutiva, luego de concluir el de sitio que fue instaurado tras los ataques armados del pasado 18 de enero contra agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), con saldo más de 10 oficiales fallecidos y otros heridos.
De acuerdo con el Decreto Gubernativo 6-2006, la medida regirá por un plazo de quince días en los departamentos de Guatemala, Escuintla, Izabal, San Marcos y Huehuetenango, como "parte de la continuidad de las acciones estatales orientadas a contener la violencia y resguardar el orden público".
El Ejecutivo justificó la decisión en la persistencia de riesgos asociados a ataques armados contra fuerzas de seguridad y autoridades civiles, atribuidos a estructuras de maras o pandillas, así como a otras actividades que alteran la paz social.
Según el Gobierno, estas acciones ponen en peligro la vida, la libertad, la seguridad y el funcionamiento de las instituciones dentro del marco constitucional.
Con el Decreto Gubernativo Número 6-2026 el Gobierno decreta estado de Prevención en Guatemala, Escuintla, Izabal, San Marcos y Huehuetenango el cual entrará en vigencia este martes 21 de abril. pic.twitter.com/mALbhsMml3
En ese contexto, el estado de prevención busca dotar a las autoridades de un marco jurídico que permita mantener operativos coordinados y medidas excepcionales en los territorios señalados.
El objetivo es "prevenir y reprimir perturbaciones graves del orden público, al tiempo que se garantiza la protección de los derechos humanos de la población".
Durante la vigencia de la disposición, el Organismo Ejecutivo podrá aplicar restricciones específicas, entre ellas limitar reuniones al aire libre, manifestaciones públicas y espectáculos, así como impedir su realización cuando se considere necesario.
También se faculta a las fuerzas de seguridad a disolver reuniones que deriven en actos de violencia o en el uso de armas, sin necesidad de conminatoria previa.
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Asimismo, las autoridades podrán establecer controles sobre la circulación de vehículos, incluyendo la prohibición de tránsito o estacionamiento en determinadas zonas y horarios.
Asimismo, se abre la posibilidad de someter a registro a los automotores o restringir su salida de ciertas localidades.
El decreto entrará en vigencia a partir del martes 21 de abril fecha que fue publicado en el Diario de Centro América.
Cuestionan continuidad de las medidas
Analistas en temas de seguridad y justicia advierten que, tras los resultados iniciales registrados en los estados de excepción, estas medidas ya no serían necesarias para sostener las acciones operativas contra el crimen organizado.

Carmen Aida Ibarra, del Movimiento Pro Justicia, señaló que el uso del estado de sitio en enero respondió a una situación extraordinaria provocada por la violencia vinculada a estructuras criminales, particularmente en el sistema penitenciario.
Sin embargo, indicó que, tras el control inicial, la transición hacia estados de prevención pudo resultar innecesaria y subrayó que, "pese a la vigencia de estas medidas, la población mantuvo una dinámica relativamente normal y no se evidenciaron restricciones significativas a derechos fundamentales".
No obstante, advirtió que "el problema estructural persiste, especialmente en el Sistema Penitenciario, que considera continúa siendo vulnerable".
A su criterio, más allá de los estados de excepción, "se requiere una política institucional sostenida que permita recuperar el control de las cárceles y desarticular las redes criminales que operan desde su interior".
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El analista en temas de seguridad del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), Francisco Quezada, planteó que existe una falta de coherencia entre la declaratoria de los estados de excepción y las acciones ejecutadas por el Gobierno.
Según explicó, los operativos implementados para contener la violencia no requirieron, en la práctica, la suspensión de garantías constitucionales.
Quezada sostuvo que los estados de excepción "son herramientas diseñadas para situaciones extremas en las que el Estado no puede actuar bajo el marco ordinario, debido a la gravedad de la amenaza".
En ese sentido, cuestionó si era necesario restringir derechos fundamentales cuando las acciones de seguridad pudieron ejecutarse sin dichas limitaciones.




