Principales Indicadores Económicos Juegos Olímpicos París 2024

¿Qué hacer si en una compra prometen enviar la factura por correo y no cumplen?

  • Por Heidi Loarca
16 de enero de 2023, 09:10
Los establecimientos están obligados a emitir la factura electrónica. (Foto: archivo/Soy502)

Los establecimientos están obligados a emitir la factura electrónica. (Foto: archivo/Soy502)

La SAT tiene definido un proceso de reclamo para que las personas presenten sus quejas cuando el negocio no entregó la factura.

OTRAS NOTICIAS: ¡No más facturas en papel! Así podrás saber qué facturas están a tu nombre

Cientos de guatemaltecos se han quejado de negocios que se rehusan a emitir factura y usan el pretexto de que ahora es digital. En este sentido, ofrecen hacerla después y enviarla por correo electrónico, WhatsApp o cualquier otro sistema de mensajes.

Los clientes quedan a la espera de recibir su documento y revisan la aplicación FEL, de facturas electrónicas de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), para verificar que la factura haya sido ingresada al sistema oficial.

En la app FEL de la SAT se ingresa a la opción "Recibidos" y el sistema le despliega las 100 facturas más recientes que se han emitido al nombre del contribuyente y se puede descargar en archivo PDF cada factura si el contribuyente lo desea.

En la app FEL el ciudadano puede verificar qué facturas se han emitido a su nombre. (Foto: captura de pantalla)
En la app FEL el ciudadano puede verificar qué facturas se han emitido a su nombre. (Foto: captura de pantalla)

Sin embargo, en ocasiones la factura nunca se genera, no se ve en el sistema FEL y el documento nunca llega. Estos se ven en la necesidad de entablar comunicación con el establecimiento donde hicieron la compra para exigir la factura. Pero, si después de un tiempo se sigue sin tener éxito, se debe actuar conforme lo recomienda la SAT.

Sobre esto, Soy502 consultó a la SAT y la entidad recomendó que los ciudadanos que se vean afectados con el incumplimiento del emisor de no entregar la factura, pueden poner una queja en el portal de SAT y este ente se encargará de proceder.

La SAT habilitó una opción para que los ciudadanos denuncien a los establecimientos que no cumplen con emitir la factura. (Foto: captura de pantalla)
La SAT habilitó una opción para que los ciudadanos denuncien a los establecimientos que no cumplen con emitir la factura. (Foto: captura de pantalla)

¿Cómo poner una queja?

En el portal web de la SAT existe una opción para realizar las denuncias por no facturación. La gestión es sencilla y rápida. El denunciante debe ingresar sus datos fiscales: NIT, teléfono y un correo electrónico. Además, tiene cuatro opciones para denunciar: 

  • Establecimiento no inscrito
  • No facturación
  • Defraudación tributaria y/o evasión de impuestos
  • Contadores

En el caso de "No facturación", el denunciante debe proporcionar el nombre del establecimiento, la dirección física, departamento y municipio. Con ello, los datos quedan ingresados a la SAT para que la entidad proceda a investigar y sancionar al establecimiento.

El el Código Tributario se establecen las sanciones. (Foto: captura de pantalla)
El el Código Tributario se establecen las sanciones. (Foto: captura de pantalla)

Esto sucede con el establecimiento que no cumple

Cuando hay una denuncia por no facturación, la SAT procede conforme el Código Tributario. El artículo 85, sobre sanciones, dice:

"Se aplicará la sanción de cierre temporal de empresas, establecimientos o negocios, cuando se incurra en la comisión de cualquiera de las infracciones siguientes:

  1. No emitir o no entregar facturas, notas de débito, notas de crédito o documentos exigidos por las leyes tributarias específicas, en la forma y plazo establecidos en las mismas.
  2. Emitir facturas, notas de débito, notas de crédito u otros documentos exigidos por las leyes tributarias específicas que no estén previamente autorizados por la Administración tributaria.
  3. Utilizar máquinas registradoras, cajas registradoras u otros sistemas no autorizados por la Administración Tributaria para emitir facturas u otros documentos.
  4. No haber autorizado y habilitado los libros contables establecidos en el Código de Comercio y habilitado los libros que establecen las leyes tributarias específicas".

Además, en el artículo 74, el Código Tributario tiene contemplada las sanciones en caso de reincidencia. En el caso de las infracciones descritas en el artículo 85, si la reincidencia ocurre dentro de los cuatro años, se procede al cierre definitivo del establecimiento.

Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
cerrar