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Similitudes y diferencias entre los estados de excepción de Guatemala y El Salvador

  • Por Carlos Álvarez
19 de enero de 2026, 16:12
El estado de Sitio que fue decretado por el Gobierno se encuentra respaldado por la Constitución. (Foto: Congreso / Soy502) 

El estado de Sitio que fue decretado por el Gobierno se encuentra respaldado por la Constitución. (Foto: Congreso / Soy502) 

El recurso legal es aplicado en ambos países cuando hay eventos extraordinarios que afectan a la población e institucionalidad.

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Guatemala y El Salvador actualmente implementan estados de excepción, pero, aunque parecidos su reglamentación e implementación tienen algunas diferencias entre un país y otro.

Lo primero que hay que tomar en cuenta es que un estado de excepción es un concepto usado en el Derecho Constitucional y que no es únicamente utilizado por Guatemala o El Salvador, sino que muchos países lo contemplan en su ordenamiento jurídico.

El Diccionario Prehispánico del Español Jurídico señala que un estado de excepción "es un régimen jurídico de carácter extraordinario y transitorio aprobado por el Consejo de Ministros previa a la autorización del Congreso".

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La explicación señala que, por lo regular, se aprueba cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas o cualquier aspecto del orden público "resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades administrativas resultara insuficiente para establecerlo o mantenerlo".

Aquí es donde aparecen las similitudes entre Guatemala y El Salvador, la primera y más obvia es que ambos están establecidos en las respectivas constituciones de cada país.

En el caso de Guatemala se regula en el Capitulo V de la carta magna que trata de las limitaciones de los derechos constitucionales, particularmente los artículos 138 y 139.

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Las constituciones de Guatemala y El Salvador precisan como se pueden implementar estados de excepción. (Foto: Soy502)

Mientras que, en El Salvador, se ubica en el Sección Segunda del Capitulo I que habla específicamente del Régimen de Excepción en sus artículos 29, 30 y 31.

Similitudes y diferencias

Como lo menciona la doctrina del Derecho Constitucional ambos países utilizan este recurso cuando hay situaciones extraordinarias que afectan a la población o la amenazan de alguna manera, pero aquí comienzan las diferencias.

La primera es que en El Salvador solo existe un único estado de excepción el cual es utilizado para todas las emergencias o situaciones que ocurran en el país, mientras que en Guatemala los tipifica en estado de Prevención, Alarma, Calamidad Pública, Sitio y Guerra.

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Otra de las diferencias es explicada por el abogado salvadoreño Oscar Canjura, quien señala que en el caso de El Salvador no existe una legislación que amplíe o especifique los alcances y límites que el Gobierno tiene en el estado de Excepción.

Explicó que esto es distinto en el caso de Guatemala, pues además de lo señalado en la Constitución, tiene la Ley de Orden Público, que al haber sido aprobada por una Asamblea Nacional Constituyente tiene rango constitucional y da una explicación sobre la forma en que se aplica cada estado de excepción descrito.

Otra de las diferencias entre los estados de excepción es cómo se suspenden los derechos constitucionales. Canjura explica en el caso de El Salvador se pueden suspender los derechos constitucionales mencionados en los artículos 5, 6, primer inciso del 7, 12 y 13 y 24 de la carta magna salvadoreña.

En el caso de El Salvador esos derechos son la libertad de entrar y salir del territorio salvadoreño, el de libertad de expresión, el derecho a asociación, la presunción de inocencia, órdenes de detención y la inviolabilidad de la correspondencia y comunicaciones.

Mientras que en Guatemala la Constitución permite imponer más limitaciones, pues la carta magna guatemalteca señala que se pueden suspender las garantías de sus artículos 5, 6, 9, 26, 33, primer párrafo del 35, segundo párrafo del 38 y segundo párrafo del 116.

Estos artículos hablan de la libertad de acción, detención legal, interrogatorio a detenidos o presos, libertad de locomoción, derecho a reunión y manifestación, libertad de expresión, tenencia y portación de armas y regulación de la huelga para los trabajadores del Estado.

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Hay más precisión en Guatemala

Canjura destaca que otra diferencia entre Guatemala y el Salvador es que en aquel país la aplicación del estado de Excepción no está desarrollado en una ley y existe una especie de discrecionalidad para su aplicación. Mientras que, en el caso de Guatemala la Ley de Orden Publico describe hasta donde las autoridades pueden actuar en virtud de las excepciones a los derechos constitucionales.

Explicó que lo único que se tuvo en El Salvador es que, en la época de su conflicto armado, se "establecieron algunos decretos ejecutivos de manera temporal, con disposiciones muy puntuales como toque de queda o restricción de uso de vía pública".

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La Ley de Orden Público sancionada en 1965 es la que regula la aplicación de los estados de excepción en Guatemala. (Foto: Archivo / Soy502)

En lo que respecta a la temporalidad el abogado salvadoreño destacó que en El Salvador ya se tiene más de cuatro años con un estado de excepción, por lo cual "la excepción pasó a ser la norma" en dicho país.

Canjura también señaló que el estado de Excepción en El Salvador "le ha permitido al Estado contratar de manera directa proveedores sin necesidad de licitar".

Esta situación también pasa en el caso de Guatemala, pero que en esta ocasión no fue incluido en el Decreto Gubernativo que le da vida al estado de Sitio que está vigente en el país.

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